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Análisis UNAL

Derechos de las mujeres en Medio Oriente

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Las cuestiones jurídicas relacionadas con la condición de la mujer en Oriente Medio tienden a ser bastante diferentes de las de Occidente. Aunque existen organizaciones feministas en los países de Oriente Medio, tienden a ser pequeñas y a carecer de una aportación significativa al proceso político. Por lo tanto, la mejora de la situación de la mujer no ha sido resultado de las presiones de los grupos de mujeres, sino del deseo de los miembros masculinos de la élite política de modernizar e industrializar sus sociedades, utilizando la reforma legal como herramienta de ingeniería social. Las reformas se han llevado a cabo allí donde los dirigentes políticos han considerado que las reformas legales de la condición de la mujer promoverían el logro de la plena modernización.

A menudo, estos cambios legales se han adelantado mucho al estado de la evolución social; pueden pasar muchos años antes de que algunos segmentos de las sociedades de Oriente Medio sientan su impacto. Mientras que la reforma puede ser inmediatamente significativa para las mujeres instruidas de los principales centros urbanos, las mujeres analfabetas, especialmente las de las comunidades nómadas o rurales, pueden no comprender sus derechos legales o no disfrutar de la independencia y los recursos necesarios para beneficiarse de la reforma legal. Por lo tanto, los efectos de los cambios legales en estas sociedades tienden a filtrarse gradualmente.

Es importante recordar que los problemas de desigualdad entre hombres y mujeres que más han preocupado a las feministas occidentales son diferentes de los que afrontan las feministas de Oriente Medio. En general, las mujeres de Oriente Medio disfrutan de algo parecido a la igualdad legal con los hombres en la vida política, el acceso a la educación, las oportunidades profesionales y los salarios, objetivos por los que las mujeres occidentales han tenido que luchar durante mucho tiempo. Además, la ley islámica ha otorgado desde el principio a las mujeres plena capacidad jurídica una vez alcanzada la pubertad. Incluso en la época medieval, las mujeres musulmanas gozaban de derechos que las mujeres occidentales sólo obtuvieron mucho más tarde, como el derecho a poseer y administrar propiedades, a demandar y ser demandadas, y a celebrar contratos y hacer negocios. Por el contrario, las mujeres de Oriente Medio se han visto gravemente perjudicadas en los ámbitos del derecho de familia y la herencia, donde se les conceden menos derechos que a los hombres y se les subordina a la autoridad masculina.

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